Código de Ética

Grafoscopía

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Peritajes Incus

CÓDIGO DE CONDUCTA DE INCUS PERITOS

De acuerdo con Rafael Berlanga, perito criminalista mexicano, grafoscopía viene a ser “una técnica que se centra en el estudio e identificación de la escritura.”, es decir, se concentra en quien hizo la firma o escritura, ya que la misma es un factor de identificación de la persona que escribió una nota de secuestro, por ejemplo, o de supuesto suicidio.

1. Actuar en beneficio de la sociedad

Todas las decisiones y acciones deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. Los colaboradores que prestan sus servicios con INCUS PERITOS de manera directa o indirecta no deben permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad.

2. Actuar con base en una conducta profesional íntegra

Los colaboradores que prestan sus servicios con INCUS PERITOS de manera directa o indirecta deben actuar con integridad y con apego a los valores éticos y morales, ya que una conducta impropia no sólo afecta la reputación del colaborador, sino la de INCUS PERITOS. INCUS PERITOS asume el compromiso de promover la integridad y transparencia en sus procedimientos, dicho compromiso se toma como un elemento fundamental para preservar su propia integridad.

3. Conducta con clientes

Los colaboradores de INCUS PERITOS, particularmente aquellos encargados directamente de la atención de clientes, siempre deben actuar con objetividad, respeto, integridad, igualdad, honestidad, imparcialidad, independencia, neutralidad política y equidad, sin anteponer otros intereses.

  • • Proporcionar a los clientes la información necesaria sobre las características de los servicios, para que puedan tomar decisiones fundamentadas.
  • • Asegurarse que los clientes conozcan la naturaleza de los servicios que solicitan.
  • • Hacer del conocimiento de sus clientes las políticas de cobro por servicios, así como de los eventuales gastos que conlleven los servicios contratados.
  • • Identificar los requerimientos de sus clientes de tal manera que los servicios que les recomienden sean los más apropiados.

4. Conocimiento del cliente

Es obligación de los colaboradores de INCUS PERITOS identificar, mediante los protocolos establecidos, a las personas que soliciten información de nuestros servicios, con ello facilitando seguimiento de las personas interesadas en nuestros servicios.

5. Conflictos de interés

Los colaboradores que prestan sus servicios con INCUS PERITOS de manera directa o indirecta deben evitar en todo momento incurrir en conflictos de interés en las relaciones de negocio o personales con clientes, contrapartes, proveedores o competidores. Cuando un colaborador de INCUS PERITOS detecte que tiene un posible conflicto de interés, al contar con poder de decisión o influencia respecto de un asunto determinado, debe proceder a comunicarlo al coordinador, a efecto de que se le releve de la responsabilidad en cuestión o se le instruya por escrito sobre su atención, tratamiento o resolución, en el caso que no pueda abstenerse de intervenir en el mismo.

6. Salvaguardar la confidencialidad de la información de los clientes y de las operaciones de INCUS PERITOS

La información de terceros, que es conocida por INCUS PERITOS con motivo de su actividad, debe tratarse con el mismo esmero, cuidado y bajo las mismas normas que la información confidencial. De conformidad con este principio, los colaboradores de INCUS PERITOS deben:

  • • Guardar en forma confidencial la información de los clientes y de los procedimientos que se realicen.
  • • Proporcionar únicamente información sobre los servicios contratados con el cliente o en su caso con el representante legal designado por el mismo.

7. Relaciones interpersonales

Las relaciones entre colaboradores que presta sus servicios con INCUS PERITOS de manera directa o indirecta deben estar siempre basadas en el debido y mutuo respeto. De conformidad con este principio, los colaboradores que prestan sus servicios con INCUS PERITOS de manera directa o indirecta deben:

  • • Poner especial cuidado en el trato con los usuarios de los servicios contratados, atendiendo en todo momento respetar la dignidad y necesidades de los demás.
  • • Acatar, en relación con la labor que desempeñan, las legítimas instrucciones de los superiores jerárquicos, mediante una actitud y disposición que facilite y complemente la labor de éstos; en este sentido, mostrarán una conducta responsable y digna de confianza.
  • • Su trato debe ser de respeto absoluto y tolerancia a las posibles diferencias de raza, religión, origen, clase social, sexo, edad, incapacidad física o cualquier otra.
  • • Cuidar y fomentar la buena imagen de INCUS PERITOS.
  • • Promover con el ejemplo de rectitud la correcta actuación entre los compañeros de trabajo.
  • • Abstenerse de comunicar o difundir información que pudiera dañar el prestigio de los compañeros.
  • • Contribuir a crear un ambiente laboral cordial y de cooperación.
  • • Proporcionar a sus subordinados, en la medida de las posibilidades institucionales, los elementos y recursos que resulten necesarios para realizar el trabajo encomendado; evaluar su desempeño con objetividad; reconocer oportunamente a quien lo merezca y, cuando proceda, otorgarles los beneficios y prestaciones a que tengan derecho, sin condicionamiento alguno.

8. Protección de los recursos

Con independencia de las responsabilidades específicamente asignadas a determinadas áreas en materia de salvaguarda de los activos, bienes materiales e intangibles propiedad de BANOBRAS, el personal que presta sus servicios a BANOBRAS de manera directa o indirecta tiene las siguientes obligaciones:

  • • Utilizar racionalmente los recursos materiales y tecnológicos en la prestación de los servicios que ofrece INCUS PERITOS evitando, en la medida de lo posible, su uso para fines personales o distintos a las funciones encomendadas.
  • • Reporta cualquier acto o incumplimiento a la normatividad del que tengan conocimiento, directo o indirecto, que pueda constituir o llegue a significar un daño o quebranto para INCUS PERITOS, o bien, que constituya el incumplimiento a cualquiera de los lineamientos del presente Código de Conducta.

9. Comportamiento digno

El colaborador en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, y en actividades organizadas por INCUS PERITOS, se conduce en forma digna sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o que ofendan, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene o guarda relación con el desempeño de sus labores.

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